CIPD y Plan de Acción de Cairo
    Hacia 2014   ¿Participá?
   

CONOCIENDO EL PROGRAMA DE ACCIÓN

.Adolescentes y jóvenes

.Derechos y salud reproductiva. Salud, morbilidad y mortalidad

.Participación de la Sociedad Civil

.Migrantes





 

Adolescentes y jóvenes

El 43 por ciento de la población mundial actual tiene menos de 25 años. Se trata de una generación heterogénea, con importantes necesidades insatisfechas e iniquidades económicas y sociales, y a la vez con inmensas posibilidades para el cambio. El Programa de Acción de la CIPD puso a las necesidades de la juventud como una prioridad, especialmente en lo relacionado con su salud sexual y reproductiva, incluyendo el derecho a recibir información sobre su sexualidad, la provisión de métodos anticonceptivos, y el acceso al aborto cuando está permitido por la ley. A casi 20 años de este compromiso, Argentina, al igual que la mayoría de los países, presenta algunos avances y otros retrasos en las políticas dirigidas a este grupo.

Adolescentes y jóvenes tienen gran protagonismo en el Programa de Acción –PoA- consensuado en la Conferencia Internacional de Población y Desarrollo realizada en El Cairo en 1994. Por primera vez, este grupo aparece en un documento de Naciones Unidas explícitamente como titular de derechos vinculados a su salud sexual y reproductiva y a otros aspectos de su desarrollo vital y social.

El PoA de la CIDP dedica muchos puntos a abordar las necesidades de las y los adolescentes. En el capítulo 7 se plantean los objetivos de fomentar una conducta reproductiva y sexual responsable y sana; la prestación de servicios, orientación y asesoramiento apropiados para ese grupo de edad; y la reducción sustancial de los embarazos en la adolescencia.

La maternidad a edad muy temprana y los riesgos para las madres como para sus hijos, es una preocupación trasversal en todo el PoA. El embarazo en la adolescencia es calificado como “un impedimento para mejorar la condición educativa, económica y social de la mujer en todas partes del mundo”. (párrafo 7.41)

El documento reconoce que los adolescentes fueron descuidados por los servicios de salud reproductiva y que es necesario que este grupo acceda a información y servicios que “les ayuden a comprender su sexualidad y a protegerse frente a embarazos no deseados, y las enfermedades de transmisión sexual”. Además, expresa la importancia de educar a los jóvenes para que “respeten la libre determinación de las mujeres y compartan la responsabilidad en lo relativo a la sexualidad y la procreación”. (párrafo 7.41)

En este sentido, los países se comprometieron a:
•        asegurar que los programas y las actitudes de los proveedores de servicios de salud no limiten el acceso de los adolescentes a los servicios apropiados y a la información que necesiten, incluso información sobre enfermedades de transmisión sexual y sobre abusos sexuales. (…) Esos servicios deben salvaguardar los derechos de los adolescentes a la intimidad, la confidencialidad, el respeto y el consentimiento basado en una información correcta, y respetar los valores culturales y las creencias religiosas. (párrafo 7.45)
•        proteger y promover los derechos de los adolescentes a la educación, la información y la asistencia en materia de la salud reproductiva, y reducir considerablemente el número de embarazos entre las adolescentes. (párrafo 7.46)
•        establecer programas apropiados para responder a las necesidades de adolescentes, que incluyan mecanismos de apoyo para la enseñanza y orientación de los adolescentes en las esferas de las relaciones y la igualdad entre los sexos, la violencia contra los adolescentes, la conducta sexual responsable, la planificación responsable de la familia, la vida familiar, la salud reproductiva, las enfermedades de transmisión sexual, la infección por el VIH y la prevención del SIDA.  (párrafo 7.47)

En Cairo también se contemplaron los derechos a no comprometer la educación y desarrollo por trabajar durante la niñez, a las oportunidades para el empleo digno de los jóvenes, a vivir sin violencia, a la educación, la vivienda, la salud, y a participar de los asuntos que les conciernen.

En la sección referida a la igualdad y equidad entre los sexos, se abordan las posibilidades de desarrollo de las niñas (capítulo 4.B) y la necesidad de valorarlas desde sus primeros momentos de vida en adelante.

Otro capítulo contempla especialmente a niños y jóvenes (capítulo 6.b), reafirma los principios de la Convención sobre los Derechos del Niño y plantea medidas contra “la explotación económica, el abuso físico y mental y el descuido de los niños” (párrafos 6.9 y 10) . A su vez, se fija el objetivo de “satisfacer las necesidades especiales de los adolescentes y los jóvenes, especialmente las jóvenes, en materia de apoyo de la sociedad, la familia y la comunidad, oportunidades económicas, participación en el proceso político y acceso a la educación, la salud, la orientación y servicios de salud reproductiva de alta calidad, teniendo presente la propia capacidad creativa de los adolescentes y jóvenes”. Otros objetivos de este apartado refieren a promover la educación como forma de prepararse para una vida mejor, “impedir los matrimonios a edad muy temprana y los nacimientos de gran riesgo y reducir la consiguiente mortalidad y morbilidad”. (párrafo 6.7)

La promoción de la participación activa de jóvenes y adolescentes en la “planificación, ejecución y evaluación de las actividades de desarrollo que repercuten directamente en su vida diaria” es otro de los compromisos centrales del documento. La participación de la juventud se reconoce especialmente importante para “las actividades y los servicios de información, educación y comunicación sobre la reproductiva y sexual, incluida la prevención de los embarazos tempranos, la educación sexual y la prevención del VIH/SIDA y de otras enfermedades que se transmiten sexualmente”. Y se aclara que debe garantizarse “el acceso a esos servicios, así como su carácter confidencial y privado” (párrafo 6.15).

 

SER JOVEN EN ARGENTINA

En las políticas destinadas a garantizar los derechos de adolescentes y jóvenes, especialmente en la salud sexual y reproductiva, hubo ciertos avances pero persisten fallas en su aplicación, retrasos para llegar a toda la población, especialmente las más aisladas, y brechas regionales.

En Argentina, adolescentes y jóvenes viven con necesidades insatisfechas referidas a su salud sexual y reproductiva, con pocas posibilidades de planificar embarazos, dificultades para acceder a métodos anticonceptivos, e insuficiente información sobre su salud sexual y reproductiva.

En 2006 el Congreso Nacional sancionó la Ley 26150 que creó el Programa Nacional de Educación Sexual Integral y dos años más tarde el Gobierno firmó la Declaración Ministerial “Prevenir con Educación”, con metas concretas para garantizar este derecho en todas las escuelas de todo el país.

Si bien hubo importantes avances en este campo, especialmente en producción de materiales didácticos y en el inicio de las capacitaciones a docentes, aun la educación sexual integral no se implementa. Los contenidos se centraron primordialmente en la genitalidad y la reproducción, soslayando la promoción de relaciones igualitarias entre varones y mujeres, tema clave, por ejemplo, para detectar y prevenir abusos sexuales.

Otro aspecto relevante son las dificultades que enfrentan las y los adolescentes para acceder a servicios de salud que atiendan sus necesidades de información y acceso a métodos para prevenir embarazos no planeados -forzados en la mayoría de los casos- y también infecciones de transmisión sexual, incluido el VIH/SIDA.

La Ley 25673 de Salud Sexual y Procreación Responsable prevé la atención a la población más joven y el Programa Nacional de Salud Integral en la Adolescencia trabaja en ese sentido. Hay servicios de salud que les ponen barreras: al exigir la presencia de adultos en las consultas, pedir identificación personal para retirar preservativos, o tener horarios poco amigables para quienes estudian. Así, se pierden oportunidades para prevenir las violencias que padecen a diario miles de niñas, niños y adolescentes.

Estos obstáculos persisten hasta que las niñas se embarazan, recién entonces son bien recibidas por el sistema de salud, que de esta forma se vuelve cómplice del aumento de la maternidad temprana. Los nacidos vivos de madres menores de 20 años alcanzan hasta el 24% en algunas regiones del norte del país (Chaco). Y es preocupante el aumento entre las adolescentes de 15 a 19 años de los abortos inducidos (representan el 15% de los egresos hospitalarios en 2007) y de la mortalidad por causas vinculadas al embarazo.

Si bien se registró un descenso del 58% de casos de Sida en los últimos 15 años, la franja etaria de 15-19  años es la única que aumentó la tasa de infección de VIH. El 83% de los varones y el 89% de las mujeres de entre 15 y 24 años se infectaron por relaciones sexuales desprotegidas. Las mujeres más jóvenes son a su vez un grupo especialmente vulnerable a la violencia. El Observatorio de Feminicidios en la Argentina contó, en el 1º semestre del 2012, 119 homicidios por violencia machista, que en muchos casos comenzó durante los noviazgos.

Las cifras evidencian cuánto falta todavía para que toda la población acceda a los derechos reconocidos en normas y programas, como la de Educación Sexual Integral, la de Salud Sexual y de prevención y atención de la violencia y el abuso sexual

 

 

Derechos y salud reproductiva
Salud, morbilidad y mortalidad


Los capítulos 7 y 8 del Programa de Acción de Cairo fueron clave para la vida y la salud de mujeres y adolescentes, y también los más polémicos. Allí se definen a los derechos reproductivos y la salud sexual, incluyendo especialmente a la población adolescente; además, se fija como meta central la reducción de la mortalidad materna al 2014 y se reconoce a los abortos inseguros como un importante problema de salud pública.

El Programa de Acción de la CIPD se desarrolla a lo largo de 118 páginas organizadas en 16 capítulos. Los capítulos 7 -Derechos reproductivos y salud reproductiva- y 8 -Salud, morbilidad y mortalidad- son centrales porque reconocen los derechos reproductivos de todas las personas y esto representó un verdadero hito especialmente para la vida de mujeres y adolescentes.

El capítulo 7 define a la salud sexual y reproductiva como un derecho de todas las personas, esto implica que puedan decidir libre y responsablemente el número de sus hijos, el espaciamiento de los nacimientos y el intervalo entre estos, y acceder a la información y los medios necesarios para ello. Además contempla que las decisiones sobre su reproducción deberían tomarse sin ningún tipo de discriminación, coacción y violencia.

La atención de la salud reproductiva abarca: asesoramiento, información, educación y servicios de salud sexual que incluyen la planificación familiar adecuada; la atención prenatal, partos sin riesgos, y atención pos parto; interrupción del embarazo en los casos permitidos por la ley (de acuerdo a lo indicado en el párrafo 8.25); entre otros aspectos. Además, refiere a las enfermedades de transmisión sexual, incluido el VIH/sida, y su impacto especialmente en la salud de las mujeres, como un aspecto a atender en los servicios de salud reproductiva.

Las necesidades de adolescentes y jóvenes vinculadas a su sexualidad se explicitaron en una sección específica dedicada a este grupo de población, para no dejar lugar a dudas. Allí se pone como meta "reducir sustancialmente" los embarazos en adolescentes y se prevé que no deben existir obstáculos para que reciban asesoramiento y servicios de salud reproductiva e información sobre su sexualidad, abusos sexuales, y enfermedades de transmisión sexual, resguardando la intimidad, la confidencialidad y el consentimiento informado.

A fin de mejorar la salud y aumentar la expectativa de vida de la población, las mujeres ocupan un lugar prioritario por tratarse de un grupo vulnerable y segregado y por reconocerlas como principales responsables del cuidado de la salud de la familia. El capítulo 8 propone como objetivos una reducción "rápida y sustancial" de la mortalidad y la enfermedad por causas vinculadas al embarazo, parto o puerperio así como reducir las disparidades, tanto entre países más y menos desarrollados como al interior de los propios países entre las regiones geográficas y los grupos socioeconómicos y étnicos. Todo esto a través del mejoramiento de los servicios de salud reproductiva y salud infantil, y programas de maternidad sin riesgos y la reducción de las muertes causadas por abortos realizados en malas condiciones.

El punto 8.25 insta a los gobiernos a "ocuparse de los efectos que en la salud tienen los abortos realizados en condiciones no adecuadas como un importante problema de salud pública". Además, agrega que "en los casos en que el aborto no es contrario a la ley, los abortos deben realizarse en condiciones adecuadas. En todos los casos, las mujeres deberían tener acceso a servicios de calidad para tratar las complicaciones derivadas de abortos. Se deberían ofrecer con prontitud servicios de planificación de la familia, educación y asesoramiento postaborto que ayuden también a evitar la repetición de los abortos". El texto requirió arduas negociaciones en las que las mujeres organizadas fueron protagonistas para lograr el consenso que caracteriza el documento.


EN ARGENTINA


La reducción significativa de la mortalidad materna y de los embarazos en adolescentes son dos de los principales objetivos del Programa de Acción de Cairo que Argentina no podrá cumplir en tiempo y forma.

El objetivo 8.20 apuntaba a "Promover la salud de las mujeres y la maternidad sin riesgo a fin de lograr una reducción rápida y sustancial en la morbilidad y mortalidad maternas y reducir las diferencias observadas entre los países en desarrollo y los desarrollados, y dentro de los países. Sobre la base de un esfuerzo decidido por mejorar la salud y el bienestar de la mujer, reducir considerablemente el número de muertes y la morbilidad causados por abortos realizados en malas condiciones".

La razón de la mortalidad materna en el país en 2010 fue de 4,4 muertes de mujeres por cada diez mil nacidos vivos. Pero el estudio “Tendencias en Mortalidad Materna: 1990-2010”, elaborado por varias agencias de la ONU, calcula que sería de 7,7, debido al subregistro. Veinte años atrás, la cifra era de 5,2. Lo que implica un estancamiento en uno de los indicadores más sensibles para determinar el grado de desarrollo de una sociedad y evaluar el lugar que otorga al cuidado de la salud y la vida de las mujeres. Además, existen abismales brechas regionales, con los peores cuadros concentrados en el noreste (Formosa: 16,4). Otros países de la región, y en condiciones económicas y sociales más desfavorables, han logrado disminuir la mortalidad materna.

Para el 2015, debería bajar este índice a 1,3 muertes maternas por cada diez mil nacidos vivos, pero desde 1990 está prácticamente estancado tres veces más arriba de la meta comprometida.

Según las últimas estadísticas del Ministerio de Salud de la Nación, en 2010 murieron 331 mujeres por causas relacionadas con el embarazo, el parto y el puerperio. La mayoría de esas muertes pudieron haberse evitado y prevenido, con medidas simples. Y la principal causa de muerte materna en el país desde hace tres décadas es la complicación por aborto inseguro.

En Argentina el aborto está tipificado por el Código Penal (art. 86) como un delito contra la vida y las personas excepto ante el riesgo de salud y vida de la madre y en caso de violaciones. Se estima que cerca de 500 mil mujeres abortan por año. La mayoría de ellas lo hace en la clandestinidad y muchas de las más pobres arriesgan su vida por no poder pagar una práctica segura. Un fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, de marzo de este año, aclaró la acepción del artículo 86, inciso 2 del Código Penal que se aplica a todas las mujeres violadas e intimó al Estado, en todos sus niveles, a garantizar la atención de las mujeres que encuadran como abortos no punibles.

Sin embargo, y a pesar de que el Código Penal es de 1920, las mujeres continúan encontrando todo tipo de obstáculos -judiciales, administrativos, culturales- que les impiden acceder a este derecho. El Ministerio de Salud elaboró una Guía de atención a los abortos no punibles que no fue aprobada por resolución ministerial y que no está siendo adoptada en todas las jurisdicciones. Además, en el Congreso Nacional los proyectos de ley para legalizar los abortos durante las primeras doce semanas no se tratan. Pese a ello, estas situaciones no disuaden a las mujeres de practicarse un aborto cuando ya lo han decidido y alrededor de cien mujeres declaradamente y otras tantas no registradas mueren al año por hacerlo sin las condiciones adecuadas.

Respecto a los embarazos de adolescentes y niñas, la situación en el país tampoco es alentadora. Las cifras oficiales muestran una tendencia en aumento en los últimos años: En 2010, el 15,8 por ciento de los partos fueron de madres de entre 15 y 19 años. El panorama es aun más preocupante en las niñas de entre 10 y 14 años, ya que denotan situaciones de abuso y violencia sexual: en 2010, 3.117 adolescentes tuvieron hijos, esto es el 0,41 por ciento del total de los partos del país, y significaron 276 más que en 2007, cuando los bebés nacidos de madres niñas fueron 2.841.

La mayoría de estas adolescentes, y más aún las niñas, no decidieron libremente ser madres, fueron forzadas a tener relaciones sexuales. La falta de información, el bombardeo de estímulos erotizantes a través de los medios de comunicación, la falta de proyectos de vida son, además de los abusos, algunos de los principales factores que acrecientan el embarazo en niñas y adolescentes. Además, muchos adolescentes comienzan su sexualidad con poca y errónea información, basada en mitos y prejuicios. Por eso es fundamental la aplicación en todo el país de la Ley de Educación Sexual Integral, cuyo programa curricular existe pero aun llega a cuentagotas, con retraso y muchas resistencias a las escuelas.

 

POLÉMICAS, CONSENSO Y RESERVAS

Los debates más encendidos que se dieron en El Cairo se centraron justamente en la redacción de los capítulos 7 y 8, y en particular el punto 8.25 referido al aborto. Los medios de comunicación de Argentina y el mundo pusieron en escena esta polémica y las posiciones encontradas, y a partir de Cairo los derechos sexuales y reproductivos se ubicaron en la agenda periodística y política.

En la redacción del capítulo 8 los países más conservadores, incluida la Argentina, se oponían a definir al aborto inducido o riesgoso como amenaza a la salud de las mujeres. La cuestión fue resuelta con el uso de un lenguaje respetuoso de las diferentes posturas. Conceptos como “aborto en condiciones no adecuadas” o “regulación de la fecundidad” resultaron las fórmulas discursivas que acercaron al consenso. En tanto que para el capítulo 7, se adoptó la definición de la OMS sobre los “derechos reproductivos”, pero se eliminó el concepto de "derechos sexuales" e incluso “salud sexual”.

Argentina fue uno de los países latinoamericanos (con Guatemala y El Salvador), junto a la Santa Sede y países musulmanes, que insistió en la posición más conservadora de modificar en el texto original lo referido a la sexualidad y la reproducción.

Al cierre de la conferencia, nuestro país, al igual que otras naciones con posturas similares, presentó por escrito la siguiente reserva al párrafo 7.1: "La República Argentina no puede admitir que en el concepto de "salud reproductiva" se incluya el aborto ni como un servicio ni como un método de regulación de la fecundidad. La presente reserva fundada en el carácter universal del derecho a la vida, se extiende a todas las menciones que recojan ese sentido".

 

NUEVA POSTURA

“Cairo+20 encontrará a Argentina en una posición completamente diferente que la reivindicada en 1994, cuando votó con países como Nicaragua, Libia, Sudán e Irán, además del Vaticano”, afirmó Marcio Barbosa Moreira, Secretario de Interior, quien presentó los avances del país en el Comité de Población y Desarrollo, celebrado en Quito este año.

El funcionario expuso dos ejemplos sobre este cambio: “por ese entonces el gobierno argentino rechazaba el concepto de género. Hoy, muy por el contrario, y a partir de la sanción de la Ley Nº 26.743, el Estado argentino garantiza el respeto a la identidad de género de las personas, en un paso esencial hacia la igualdad y dignidad de las personas trans. Otro ejemplo de la superación de la postura conservadora que se adoptó entonces son los avances en materia de derechos reproductivos y en el acceso universal a la salud reproductiva, que constituyen un tema central en la agenda del país”, dijo.

 

 


LA PARTICIPACIÓN DE LA SOCIEDAD CIVIL


El Capítulo 15 del Programa de Acción (PoA) de la Conferencia Internacional de Población y Desarrollo se refiere al rol del “sector no gubernamental”, cuya contribución real y potencial es reconocida trasversalmente en todo el documento. Para que las metas comprometidas puedan hacerse realidad, el PoA destaca que “es esencial lograr una colaboración amplia y eficaz entre los gobiernos y las organizaciones no gubernamentales para ayudar a formular, realizar, supervisar y evaluar objetivos y actividades en materia de población y desarrollo” (15.1). Sin embargo, al momento de evaluar los compromisos asumidos hace 20 años en Cairo, la opinión de las organizaciones sociales no fue tenida en cuenta en Argentina.


Las organizaciones no gubernamentales son definidas en el PoA como “expresiones importantes de la voz del pueblo” (15.3), se señala que “su fuerza y credibilidad se derivan del papel responsable y constructivo que desempeñan en la sociedad y del apoyo que la comunidad en su conjunto presta a sus actividades” (15.4).

La importancia de la participación de la sociedad civil fue notoria tanto en la preparación y la redacción de los acuerdos como en las posteriores revisiones del PoA a niveles nacional, regional y mundial. El Compromiso de Cairo destaca la experiencia, la capacidad y los conocimientos en diversas esferas de acción de las organizaciones de la sociedad civil, en especial de las que se ocupan de la salud la sexual y reproductiva y la planificación familiar, las de feministas y de jóvenes, entre otras (15.5).

Las organizaciones de la sociedad civil son reconocidas como “asociadas validas y útiles” para la aplicación del PoA (15.4) y por tanto se recomienda que “las organizaciones gubernamentales y no gubernamentales establezcan sistemas y mecanismos apropiados para facilitar un diálogo constructivo” (15.4).

El PoA recomienda expresamente que a las organizaciones no gubernamentales “se les debería invitar a participar en los órganos decisorios de nivel local, nacional e internacional, incluido el sistema de las Naciones Unidas, para asegurar la aplicación, supervisión y evaluación eficaces del presente Programa de Acción” (15.5). Y plantea como objetivo: “fomentar una colaboración efectiva entre todos los niveles de gobierno y toda la gama de organizaciones no gubernamentales y grupos comunitarios locales en los debates y decisiones sobre la concepción, ejecución, coordinación, vigilancia y evaluación de programas relativos a la población, el desarrollo y el medio ambiente de conformidad con el marco general de las políticas de los gobiernos y teniendo debidamente en cuenta las responsabilidades y funciones de los respectivos asociados” (15.7).

El documento insta a que se incorpore a las organizaciones de la sociedad civil en la toma de decisiones y tengan en cuenta sus contribuciones para hallar soluciones a los problemas de población y desarrollo y de los compromisos de Cairo (15.8). En particular, se destaca la importancia de las “organizaciones femeninas”, ya que “la participación de las mujeres en todos los niveles, especialmente en la gestión, es crucial para alcanzar los objetivos fijados y aplicar el presente Programa de Acción” (15.9).

Finalmente, el PoA llama a que las organizaciones sociales “contribuyan activamente a los debates nacionales, regionales e internacionales sobre cuestiones relativas a la población y el desarrollo” y a que los gobiernos “incluyan a representantes de organizaciones no gubernamentales en las delegaciones nacionales ante los foros regionales e internacionales donde se examinan las cuestiones de la población y el desarrollo” (15.12).

Uno de los aspectos en que Argentina se encuentra más atrasada es los mecanismos de rendición de cuentas, seguimiento y transparencia de la gestión. El PoA establece que los gobiernos deberían tener bases de datos nacionales a fin de proporcionar información que permita medir y evaluar periódicamente los progresos y problemas en el logro de las metas y objetivos del presente Programa de Acción.

“A fin de determinar los progresos logrados, todos los países deberían evaluar periódicamente los avances conseguidos en el logro de los objetivos y metas del presente Programa de Acción y de otros compromisos y acuerdos conexos, y presentar informes, en forma periódica, en colaboración con las organizaciones no gubernamentales y los grupos comunitarios.” (16.12)

 

               

MIGRANTES

El Programa de Acción (PoA) de la Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo dedica dos capítulos completos, el 9 y el 10, a la compleja cuestión de las migraciones, interna e internacional, como aspecto clave para el desarrollo sostenible.


MIGRACIÓN INTERNA
A principios de la década de 1990, cuando se realizó la Conferencia Internacional de Población y Desarrollo en el Cairo, una de las preocupaciones a resolver para fomentar el desarrollo de los países era el rápido crecimiento de las zonas urbanas (9.1). Otro aspecto a remediar era la situación de especial vulnerabilidad de las personas desplazadas internamente, obligadas a abandonar sus lugares de residencia habitual (9.19), por causas que iban desde la degradación del medio ambiente hasta los desastres naturales y los conflictos internos.

MIGRACIÓN INTERNACIONAL
El PoA reconoció que “la migración internacional ordenada puede tener efectos positivos en las comunidades de origen y en las de destino” pero dejó asentado que “es preciso que la opción de permanecer en el propio país sea viable para todos”. Por lo tanto, los objetivos del plan de acción vinculados a la migración internacional se focalizan en “hacer frente a las causas básicas de la migración, especialmente las relacionadas con la pobreza”; “Fomentar la cooperación y el diálogo entre los países de origen y los países de destino”; y “Facilitar el proceso de reintegración de los migrantes que regresan” (10.2).

Los países se comprometieron, entre otros puntos, a: asegurar la integración social y económica de los trabajadores documentados y su igualdad de tratamiento ante la ley; eliminar las prácticas discriminatorias contra los migrantes documentados, especialmente las mujeres, los niños y los ancianos; promover el bienestar de los trabajadores migrantes documentados y de sus familiares; y tener en cuenta las necesidades y las circunstancias especiales de los migrantes temporales (10.10).

El tratamiento igualitario para las personas migrantes con respecto a los nacidos en el país de acogida incluye la garantía de igualdad de oportunidades y de trato en las condiciones de trabajo, la seguridad social, la participación en sindicatos, el acceso a servicios de salud, educación, cultura y al sistema judicial y la igualdad de tratamiento ante la ley.

Un punto aparte merece la situación de refugiados, solicitantes de asilo y personas desplazadas (10.21), para quienes se destaca la necesidad de “velar por la protección y asistencia efectivas de las poblaciones de refugiados, prestando especial atención a las necesidades y a la seguridad física de las mujeres y los niños refugiados” (10.22) y de “proporcionar servicios adecuados de salud y educación y otros servicios sociales a los refugiados y las personas desplazadas”. Los países deberían adoptar “todas las medidas necesarias para asegurar la protección física de los refugiados, en particular de las mujeres y los niños refugiados, y especialmente contra la explotación, el abuso y todas las formas de violencia” (10.24) y proporcionar a los refugiados acceso a: “alojamiento, educación, servicios de salud, incluida la planificación de la familia”. (10.25).

DERECHOS SEXUALES
El documento reconoce el problema del acceso limitado a la atención de la salud reproductiva de personas migrantes y refugiadas, quienes pueden estar expuestas a “graves riesgos para su salud y sus derechos reproductivos”. Por lo tanto, establece que los servicios de salud “deben ser especialmente sensibles a las necesidades de cada mujer y cada adolescente y tener en cuenta su situación, muchas veces de impotencia, prestando particular atención a las que son víctimas de violencia sexual” (7.11).


MIGRANTES EN ARGENTINA

El Censo Nacional realizado en 2010 reveló que había 1.805.957 personas nacidas en el extranjero viviendo en Argentina, que representan el 4,5 por ciento de los habitantes del país. Tres de cada diez extranjeros llegaron al país entre 2002 y 2010. El 81,2 por ciento de la población migrante proviene de países vecinos, Paraguay, Bolivia, Chile y Perú . En la última década también llegaron provenientes de Asia, Europa Oriental y África, aunque en menor cantidad. Las mujeres predominan entre la población inmigrante de origen americano, en tanto que hay más varones entre quienes provienen de Asia o África.

La situación de la Argentina no puede analizarse sin tener en cuenta las repercusiones de la migración internacional. Históricamente, los movimientos migratorios incidieron y modelaron esta sociedad, y ese es el caso todavía. En 1850 la mayoría de los migrantes provenía de Europa, pero actualmente la gran mayoría procede de los países vecinos y se puede decir que ello ha tenido un efecto rejuvenecedor en la fuerza laboral”, explicó Diego Beltrand, Director Regional de la OIM para América del Sur, con motivo de la reciente presentación del “Perfil Migratorio de Argentina”.

Son principalmente personas que buscan oportunidades de trabajo. Tradicionalmente, la puerta de entrada al mercado de trabajo local es el trabajo en la construcción para los migrantes varones, y para las mujeres, el servicio doméstico.

Entre 1985 y 2012 la Comisión Nacional para los Refugiados (CONARE) de la Argentina reconoció a 3.400 refugiados, provenientes de más de 70 países de América, África, Asia y Europa. El 36 por ciento de las personas refugiadas en Argentina es mujer .

Si bien el marco normativo argentino es de avanzada en el reconocimiento de derechos humanos, tanto en la regulación migratoria como en la promoción de la salud sexual y reproductiva, en la realidad de los grupos más vulnerables se constatan brechas importantes entre lo que marcan las leyes y lo que experimentan las personas migrantes.

La investigación de Marcela Cerruti Salud y Migración Internacional: mujeres bolivianas en la Argentina reveló que “las mujeres migrantes bolivianas comienzan su maternidad más temprano y tienen una fecundidad más elevada que las argentinas. Entre las adolescentes de origen boliviano entre 15 y 19 años, residentes en la frontera de Argentina, el 35,8 por ciento ya han sido madres”. Según Cerruti, “las mujeres bolivianas en Argentina muestran una escasa autonomía en las decisiones reproductivas, relegan el cuidado de la propia salud, y tienen poca predisposición a realizarse controles y seguimientos. Esto se refleja en la alta incidencia de cáncer de  cuello uterino, y en que situaciones como embarazos adolescentes no deseados y abuso sexual estén más agudizadas en el caso de las jóvenes de origen boliviano”.

Cuadro de texto: La Ley de Migraciones Nº 25.871, promulgada en 2004 y reglamentada en 2010, regula la política migratoria y los derechos y obligaciones de los extranjeros que desean habitar en Argentina.     La ley establece que el “derecho a la migración es esencial e inalienable de la persona y la República Argentina lo garantiza sobre la base de los principios de igualdad y universalidad”. A su vez, asegura a inmigrantes y sus familias el acceso igualitario -en las mismas condiciones de protección, amparo y derechos que gozan los nacionales- a servicios sociales, bienes públicos, salud, educación, justicia, trabajo, empleo y seguridad social.    En tanto que la Ley 26.364 de Prevención y sanción de la trata de personas y asistencia a sus víctimas, de 2008, resulta un avance en la protección de los derechos humanos ya que prevé sanciones a quienes capten, transporten o trasladen o acojan y reciban personas con fines de explotación sexual, laboral o para extracción de órganos.    Otra investigación (“Derechos sexuales y reproductivos en población migrante en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”), realizada entre 2008 y 2009 por FEIM junto al Observatorio Social y la Organización Internacional para las Migraciones (OIM), analizó la percepción de migrantes de Bolivia y Paraguay respecto del acceso y la calidad de los servicios públicos de salud, focalizando en la salud sexual y reproductiva. El estudio reveló dificultades para el acceso a la salud de este grupo poblacional, que por su situación de precariedad socioeconómica afronta condiciones de vulnerabilidad y graves limitaciones en el ejercicio de sus derechos.

Si bien en Argentina no existen barreras legales de acceso al sistema de salud, los migrantes rara vez son conscientes de sus derechos”, indican las conclusiones de este estudio y destacan que: “En términos de salud sexual y reproductiva, se advierte una mejoría en relación a la situación de los migrantes en sus países de origen, destacando que en la Argentina sienten más libertad para hablar sobre temas relacionados a la sexualidad, no solo con médicos sino también con sus parejas, amigos y familiares. No obstante es necesario sensibilizar en cuestiones claves como lo son: la anticoncepción, prevención de enfermedades de transmisión sexual, planificación familiar y educación en salud sexual y reproductiva”.

La cantidad de argentinos emigrados aumentó hasta 2008, cuando hubo casi un millón de personas viviendo fuera del país, principalmente en España, Estados Unidos, Chile, Paraguay, Israel, Canadá, Italia y Australia. Las remesas que envían argentinos residentes en el exterior representan apenas el 0,17 % del PBI de la Argentina. Según el informe de la OIM, en los últimos años se observa una tendencia descendente en la emigración, debido a la crisis económica internacional, y se registran retornos al país, sobre todo desde España.

 

 

Perfil Migratorio de Argentina, OIM, 2012. Pág.34

Perfil Migratorio de Argentina, OIM, 2012. Pág.62

UNFPA Argentina. Salud y migración internacional: mujeres bolivianas en la Argentina; coordinado por Marcela Cerruti. - Argentina, 2011.

 


               

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